La participación es un derecho y un deber de todos los miembros de la comunidad educativa. Implica el trabajo activo y responsable en el funcionamiento y la mejora del centro, como el respeto a las normas y a la convivencia. Para facilitar la participación, existen una serie de órganos e instrumentos de dirección, gestión y representación en un colegio, que vamos a explicar a continuación.
ÓRGANOS DIRECTIVOS
Los órganos directivos son los que se encargan de dirigir, coordinar el centro y de representarlo ante la Administración. El director o directora es el máximo responsable del centro y tiene funciones de liderazgo, organizativo y administrativo. El jefe o jefa de estudios se encarga de coordinar a los docentes y de organizar las actividades académicas. El secretario o secretaria se encarga de la gestión administrativa y económica del centro.
ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
Los órganos de participación son aquellos que permiten la intervención de los distintos sectores de la comunidad educativa en la gestión y el control del centro, es decir, hay personas que participan y dan su opinión sobre lo que pasa en el colegio, como lo s profesores, alumnos, familias y el ayuntamiento. Estas personas se reúnen en grupos que se llaman consejo escolar, claustro de profesores y asociaciones de padres, madres y alumnos.
PRINCIPALES SINDICATOS DE PROFESORADO
Los principales sindicatos de profesorado en Castilla-La Mancha son ANPE, CCOO, CSIF, STE-CLM y UGT. Estos sindicatos tienen una larga trayectoria de defensa de los derechos e intereses de los docentes, así como de participación en la negociación colectiva y en los órganos de representación del sector. Cada uno de ellos tiene su propia historia, valores y propuestas, que se pueden consultar en sus respectivas páginas web:
ANPE,
CSIF,
CCOO,
STE,
UGT.
¿QUÉ DECRETOS O NORMAS REGULAN LAS ASOCIACIONES DE MADRES PADRES Y ESTUDIANTES?
Las asociaciones de padres, madres y alumnos se regulan por el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos, este decreto establece las características específicas, las finalidades, los requisitos, los derechos y los deberes de estas asociaciones, así como su régimen jurídico y su funcionamiento. Otro decreto es La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación
¿ES OBLIGATORIO ASOCIARSE PARA LOS PADRES Y MADRES EN UNA ASOCIACIÓN DE PADRES?
No es obligatorio para los padres y madres asociarse en una asociación de padres. Sin embargo, la existencia de una asociación de padres y madres en un colegio es muy beneficiosa ya que permite a los padres participar activamente en la educación de sus hijos.
¿ES LO MISMO UNA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES QUE UNA ASOCIACIÓN JUVENIL?
Una asociación de estudiantes y una asociación juvenil no son lo mismo. Una asociación de estudiante está formada por estudiantes y se centra en temas relacionados con la educación y la vida estudiantil.
Por otro lado, una asociación juvenil es un grupo de jóvenes que se unen para el desarrollo de actividades y otros fines, que pueden incluir pero no se limitan a la educación. Las dos son importantes para fomentar la participación activa de los jóvenes en la sociedad.
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